Transparencia y acceso a la información pública
En cumplimiento a la Ley 1712 del 6 de marzo de 2014, el Decreto 103 del 20 de enero de 2015 y la Resolución No. 1519 de 2020, el Curador Urbano N° 1 de Manizales pone a disposición de la ciudadanía la siguiente información.
Misión, visión, funciones y deberes, Jurisdicción
Funciones y Deberes del Curador
La definición, naturaleza, autonomía y responsabilidad de la función del Curador Urbano se establecen en el artículo 101 de la Ley 388 de 1997, modificado mediante el artículo 9 de la Ley 810 de 2003, y en el Decreto Nacional N° 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, y sus modificatorios
Artículo 2.2.6.6.1.1 Curador urbano, El curador urbano es un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias de parcelación, urbanización, construcción y subdivisión de predios, a petición del interesado en adelantar proyectos de esta índole
Artículo 2.2.6.6.1.2 Naturaleza de la función del curador urbano. El curador urbano ejerce unas funciones públicas para la verificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes, a través del otorgamiento de licencias de parcelación, urbanización, subdivisión y de construcción.
Artículo 2.2.6.6.1.3 Autonomía y responsabilidad del curador urbano. El curador urbano es autónomo en el ejercicio de sus funciones y responsable disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por los daños y perjuicios que causen a los usuarios, a terceros o a la administración pública en el ejercicio de su función pública.
Jurisdicción
Decreto 1077 de 2015
ARTÍCULO 2.2.6.6.1.5. Jurisdicción. Para efectos del presente capítulo se entiende por jurisdicción el ámbito espacial sobre el cuál puede actuar el curador urbano. La jurisdicción comprende la totalidad del territorio del municipio o distrito, salvo aquellas áreas que se señalen en las normas urbanísticas y en el Plan de Ordenamiento Territorial cómo no aptas para la ejecución de actuaciones urbanísticas o que tengan expresamente restricciones especiales.
Organigrama
Procedimiento Administrativo
Unidad locativa, contacto, horarios
Directorio del Curador Urbano y su equipo
para resolver solicitudes de Licencias
El procedimiento para la expedición de la licencia y sus modificaciones está reglamentado en el Decreto Nacional N° 1077 de 2015, dentro de lo cual se destaca lo siguiente:Procedimiento para Expedición de Licencias
actividades
TRD Curadurías
que pueden afectar al público
que vigilan al Curador Urbano
Razón por la cual, las entidades que vigilan al Curador Urbano son:
Informes a autoridades
En cumplimiento de lo establecido en la normatividad vigente, el Curador Urbano Nº1 de Manizales remite informes a diferentes autoridades, como se relaciona a continuación:
relación con el Curador Urbano
Datos Abiertos
Planeación
PQRS
Información para grupos de Interés
Decreto de Nombramiento — Curador Urbano N° 1 de Manizales
Designación oficial del Dr. Leonardo Cortés Cortés como Curador Urbano Primero del Municipio de Manizales (26 de julio de 2021).



























